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Fase 2 - NOM-051 FASE-2-NOM-051-SCFI/SSA1-2010 NOM de Alimentos y Bebidas No Alcohólicas

La Fase 2 de la NOM-051: Qué es y requisitos

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La Fase 2 de la NOM-051 entrará en vigor a partir del 01 de octubre de 2023, y es muy importante informarse sobre los principales cambios que implica. Esta normativa impulsa una serie de cambios importantes que debes conocer si estás involucrado en la producción o comercialización de estos productos. Comencemos definiendo:

¿Qué es la NOM-051-SCFI-SSA1-2010?

Es una de las Normas Oficiales Mexicanas de Información Comercial que regula la información impresa o etiquetado frontal de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasado y el 27 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010.

La modificación anunció varios cambios en el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, entre ellos:

Etiquetado frontal: Se estableció un sistema de etiquetado frontal con sellos de advertencia que informan al consumidor sobre el contenido excesivo de calorías, azúcares, grasas saturadas, sodio y grasas trans.
Información nutrimental: Se modificó la forma en que se presenta la información nutrimental en la etiqueta, para que sea más clara y comprensible para el consumidor.
Prohibiciones: Se prohibió el uso de personajes infantiles, animaciones, dibujos o cualquier otro elemento que pueda resultar atractivo para niños en el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados con exceso de nutrimentos críticos.

Se publicó con dos propósitos principales:

  • Promover una alimentación saludable en la población mexicana fomentando la toma de decisiones informadas por parte de los consumidores al seleccionar alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas.
  • Combatir el sobrepeso y la obesidad, que son un problema de salud pública en México.

La aplicación de la Modificación de la NOM-051 se dividió en tres fases.

Fase 1 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010

Desde el 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2023 se implementó el etiquetado frontal de advertencia (los llamativos hexágonos negros), entre otros cambios en la información de las etiquetas de alimentos y bebidas preenvasados que exceden los límites de ingredientes críticos para la salud:

  • Destacar los límites de tolerancia en relación con las demandas de salud pública relacionadas con la información nutricional de nutrientes, tanto añadidos como naturales, presentes en los productos según la Secretaría de Salud.
  • Enfatizar que ningún alimento o bebida no alcohólica debe ser descrito o presentado de manera falsa, equívoca o engañosa, ni crear una impresión errónea acerca de su naturaleza.
  • Incorporar declaraciones de propiedades verídicas y claras sobre los productos.
  • Incluir leyendas precautorias que hagan referencia al origen de aquellos ingredientes asociados a posibles riesgos de salud, basadas en información científica.

Fase 2 de la NOM-051

Del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025 (2 años), el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria se realizará con los siguientes criterios y valores:

  1. Nutrimentos críticos añadidos al alimento o bebida no alcohólica preenvasado:

a) Si se agregan azúcares añadidos, se deberán evaluar azúcares y calorías.
b) Si se agregan grasas, se deberán evaluar grasas saturadas, grasas trans y calorías.
c) Si se agrega sodio, sólo se deberá evaluar sodio.

  1. Tabla 6 de la modificación a la norma relativa a los Perfiles Nutrimentales, misma que se reproduce a continuación:Tabla 6 de la modificación a la norma relativa a los Perfiles Nutrimentales Fase 2 NOM 051 Segunda Fase NOM 051

En este periodo probablemente varios productos comenzarán a agregar los sellos de advertencia con estos nuevos cálculos.

La Fase 3 de la NOM-051 entrará en vigor el 1 de octubre de 2025, y determinará nuevos valores del cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria.

¿Qué necesito para cumplir con la Fase 2 de la NOM-051?

Es necesaria la revisión de las etiquetas actuales y tramitar la Constancia de Conformidad o el Dictamen de Cumplimiento, según sea el caso, en el que se avale que el etiquetado de los productos alimenticios y bebidas no alcohólicas se ha actualizado de acuerdo a la segunda etapa de la actualización de la norma.

En TC Logistics, como Unidad de Inspección, podemos evaluar el etiquetado de productos para evitar multas y embargos y cumplir en esta segunda etapa. Para ayudarte en este proceso, hemos creado una guía gratuita que puedes encontrar en este enlace que incluye las últimas modificaciones de la Fase 2 de la NOM-051. Esta guía te proporcionará información detallada sobre cómo cumplir con las regulaciones y garantizar que tus productos cumplan con los nuevos requisitos. Descarga la guía ahora mismo y mantente al tanto de las últimas actualizaciones en esta normativa clave para la industria de alimentos y bebidas en México. Si aún tienes dudas, ¡contáctanos! Podemos asesorarte 😉

 

 

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